LOS TRABAJOS EN ALTURA, SU AUTORIZACIÓN POR EL PATRÓN

Autor: Erick Elías Goytia / Director

El artículo 7.2 de la NOM-009-STPS-2011 establece categóricamente que solamente podrán efectuar trabajos en altura los trabajadores capacitados y autorizados por el patrón.

La autorización es el resultado de un proceso mediante el cual el patrón garantiza el cumplimiento integral de las medidas de seguridad contenidas en los capítulos 7 al 13 de la NOM009STPS2011, y se otorgará, lo señala el artículo 5.3, “una vez que se compruebe que se han aplicado las medidas de seguridad requeridas”.

Esta autorización debe ser por escrito y contener los siguientes datos:

Los requisitos que establece la norma de trabajos en altura para considerar que se han cumplido las medidas de seguridad, son:

+ Contar con el análisis de factores de riesgo presentes.
+ Con instructivos y el manual operativo, de equipos y sistemas.
+ Un programa anual de revisión y mantenimiento de sistemas y equipo (documentado, con registros de inspección).
+ Practicar exámenes médicos a los trabajadores.
+ Proveer equipo de protección personal de acuerdo a los riesgos expuestos (derivado del análisis).
+ Un plan de atención a emergencias con un botiquín de primeros auxilios acorde a los riesgos identificados (caída, síndrome del arnés etc).
+ Las constancias de capacitación en trabajo en alturas y rescate (DC3).
+ Y sobre todo, un esquema de supervisión permanentemente de las medidas de seguridad, a fin de identificar, evitar o interrumpir los actos inseguros, tanto a trabajadores propios como a externos contratados.

Por lo tanto, la autorización para trabajos en altura debe verse como la suma de todas las medidas de seguridad generadas y verificadas por el patrón, antes y durante su realización.

Del cumplimiento a estas medidas normativas dependerá la seguridad del trabajador y por ende, la realización y calidad de la tarea que le fue encomendada, y en una perspectiva más amplia, la viabilidad del proyecto dentro de los tiempos y costos planeados originalmente, pues de haber un accidente, dependiendo de la gravedad de su resultado, existirán consecuencias de tipo legal, económicas y de imagen, no deseables por ninguna compañía por grande o posicionada que se encuentre.

Es por ello que, más allá de cumplir con los requisitos normativos en el plano documental, es necesario tener claro que la seguridad de las personas debe estar respaldada por equipo y metodologías profesionales, que generen realmente personal calificado y competente en la práctica, pues son ellos quienes brindarán soluciones eficientes a los proyectos al sentir la confianza de que su vida y su salud no están en riesgo.

Son las empresas que invierten en la seguridad y profesionalización de su capital humano y de sus proyectos, las que envían un fuerte y claro mensaje a sus socios y consumidores, que las hace ver como socialmente responsables, confiables, capaces de cumplir compromisos y expectativas, porque quien cuida lo pequeño cuida lo grande y quien hace las cosas bien en casa, las hará también fuera de ella, es lo que hay detrás de esa marca y los valores que esta representa.

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